Seguir siendo Autónomo o iniciar una nueva actividad empresarial puede ser compatible con el cobro de la pensión de jubilación. ¿ Quieres saber en que consiste la Jubilación Activa, sus requisitos y si te puede interesar?.
+ ¿ Qué es la jubilación activa de los autónomos ?
- Requisitos para solicitar la jubilación activa para autónomos
- Cuanto se cobra con una jubilación activa
- Solicitud de jubilación activa para autónomos
- La jubilación activa para autónomos societarios
- Qué cuota de autónomos se paga durante la jubilación activa ?
¿Qué es la jubilación activa de los autónomos?
Es una modalidad de jubilación en la que un trabajador que ha llegado a la edad legal de jubilación decide alargar su vida activa cobrando una parte de su pensión.
Aquí no hay diferencia entre autónomos o empleados por cuenta ajena porque se creó en 2013 para promover en general el envejecimiento activo haciendo compatible el disfrute de la pensión de jubilación con cualquier trabajo a tiempo completo o parcial
Requisitos para solicitar la jubilación activa para autónomos
Hay dos requisitos para disfrutar de la jubilación activa:
- Haber alcanzado la edad legal de jubilación sin haberse acogido a bonificaciones o anticipaciones
- Haber alcanzado la pensión máxima en años cotizados, es decir, alcanzar el 100% de la base reguladora que se utiliza para determinar la cuantía de la pensión
La edad legal de jubilación en España se está ampliando cada año desde 2013 hasta llegar a los 67 años en 2027.
La pensión máxima se consigue si alcanzas un mínimo de años cotizados que se va ampliando gradualmente desde los 35 años en 2013 hasta alcanzar los 37 años en 2027.
Cuánto se cobra con una jubilación activa
El trabajador que cumpla estos requisitos puede seguir en activo y cobrar el 50 por ciento de su pensión de jubilación en el caso de que sea trabaje por cuenta ajena o sea un autónomo sin empleados a su cargo.
Si no has cotizado lo suficiente para alcanzar la pensión mínima y tienes que aplicar el complemento a mínimos la reducción del 50% será menor todavía porque no se tiene en cuenta ese complemento para el cálculo. Si la actividad se realiza por cuenta propia y se acredita tener contratado, al menos, a un trabajador por cuenta ajena, la cuantía de la pensión compatible con el trabajo alcanzará el 100% (no vale contratar autónomos para cubrir servicios)
No obstante, la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo prevé la posibilidad de que en un futuro también puedan cobrar el 100% de pensión los trabajadores por cuenta ajena y el resto de autónomos
Solicitud de jubilación activa para autónomos
La jubilación activa se solicita en cualquier sede de la Seguridad Social rellenando un formulario de solicitud. Puedes descargarlo de la web de la Seguridad Social o pinchando en este enlace de Solicitud.
Los trabajadores por cuenta ajena necesitarán este formulario de conformidad de la empresa. También está disponible en la web de la Seguridad Social. Es evidente que los autónomos no requieren dicha conformidad.
Si se cumplen los requisitos indicados arriba la concesión es automática, no cabe la denegación. Y desde ese momento el beneficiario tendrá la consideración de pensionista a todos los efectos con la misma revalorización que cualquier otra pero sin derecho a los complementos para pensiones inferiores a la mínima durante el tiempo en el que compatibilice la pensión con el trabajo
Cuando finalice el trabajo por cuenta ajena o cese el autónomo con o sin empleados, se empezará a cobrar íntegra la pensión de jubilación incluyendo los mínimos que estuvieron exentos durante la jubilación activa.
La jubilacion activa de los autónomos societarios
De momento no es aplicable la jubilación activa a los autónomos societarios. No obstante, existen varias sentencias de Tribunal Superior de Justicia de varias Comunidades Autónomas que han reconocido a los autónomos societarios el derecho a cobrar el 100% de la pensión en caso de jubilación activa, frente al criterio opuesto mantenido por la Seguridad Social. Se espera que el Tribunal Supremo unifique pronto los criterios sentando doctrina jurisprudencial
Qué cuota de autónomo se paga durante la jubilación activa
Durante la jubilación activa, los autónomos tienen que pagar la cuota a la Seguridad Social según su base de cotización, por lo que la cuantía dependerá en cada caso. De todas formas la cuota incluye solamente un 3,3 por ciento en concepto de contingencias comunes y un 9 por ciento desde enero 2021. Todo esto sobre la base mínima de cotización en concepto de tipo especial de cotización de solidaridad, que no computa para calcular la pensión de jubilación. Quedan exentos de la obligación de pagar por incapacidad temporal o contingencias profesionales al tratarse de coberturas opcionales pero que pueden darte tranquilidad en determinados momentos